Existe una edad para no pagar impuestos en Perú

¿Existe una edad para no pagar impuestos en Perú?

En Perú, es común escuchar la pregunta: «¿A qué edad se deja de pagar impuestos?«. Es una duda comprensible, especialmente entre quienes se acercan a la edad de jubilación y buscan entender sus futuras obligaciones financieras. La idea de que al llegar a cierta edad, como los 65 o 70 años, uno queda automáticamente libre de responsabilidades tributarias es un mito bastante extendido. Sin embargo, la realidad del sistema tributario peruano es un poco más compleja y no se basa en la edad, sino en un factor mucho más directo: los ingresos que una persona genera.

¿Hay una edad para dejar de pagar impuestos?

Contrario a la creencia popular, en Perú no existe una edad específica en la que una persona, por el simple hecho de cumplir años, quede exenta de pagar impuestos. La obligación de tributar está directamente ligada a la capacidad económica del contribuyente, es decir, a si genera o no ingresos que la ley considera como gravables. Un ciudadano de 80 años con ingresos significativos por alquileres o inversiones tiene las mismas obligaciones tributarias que una persona de 30 años con ingresos similares.

El sistema tributario peruano se rige por el principio de capacidad contributiva. Esto significa que la responsabilidad de aportar al Estado a través de los impuestos recae en quienes tienen la posibilidad económica de hacerlo, sin importar su edad, género u otra condición personal. Los impuestos financian servicios públicos esenciales como la salud, la educación y la infraestructura, por lo que el sistema busca que la carga sea distribuida de manera equitativa entre todos los que generan riqueza, independientemente de la etapa de la vida en la que se encuentren.

La regla real: el impuesto según tus ingresos

La verdadera regla para determinar si debes pagar impuestos o no es la cantidad y el tipo de ingresos que percibes anualmente. El principal tributo que grava los ingresos de las personas es el Impuesto a la Renta (IR). Este se aplica a las ganancias obtenidas por el trabajo (dependiente o independiente), el alquiler de propiedades, las ganancias de capital, entre otros. Si una persona, sin importar su edad, genera ingresos de estas fuentes, está potencialmente sujeta al pago del IR.

Para que el sistema sea justo, la ley establece montos mínimos a partir de los cuales se empieza a pagar. Por ejemplo, en el caso de los trabajadores en planilla (rentas de quinta categoría), existe una deducción anual equivalente a 7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Si tus ingresos anuales brutos no superan este monto, en la práctica no pagarás Impuesto a la Renta. Por ello, muchos adultos mayores no pagan este impuesto, no por su edad, sino porque sus ingresos, si es que los tienen además de su pensión, son inferiores a este umbral.

Casos especiales: jubilados y exoneraciones

Aquí es donde surge la principal fuente de confusión, y es el caso de los jubilados. Las pensiones que provienen del Sistema Nacional de Pensiones (ONP) o del Sistema Privado de Pensiones (AFP) están consideradas por ley como rentas inafectas. Esto significa que el dinero que un jubilado recibe mensualmente como pensión no está sujeto al pago del Impuesto a la Renta. Por lo tanto, si la única fuente de ingresos de una persona es su pensión de jubilación, no tendrá que pagar impuestos sobre ella.

Sin embargo, es crucial entender que esta exoneración se aplica exclusivamente a la pensión. Si un jubilado tiene otras fuentes de ingreso, estas sí pueden estar sujetas a impuestos. Por ejemplo, si además de su pensión, alquila un departamento, los ingresos por ese alquiler (renta de primera categoría) sí deben ser declarados y tributados. Lo mismo ocurre con intereses de depósitos bancarios o ganancias por la venta de acciones. En el caso del Impuesto Predial, algunas municipalidades ofrecen beneficios o exoneraciones para adultos mayores jubilados que son propietarios de un único inmueble y cuyos ingresos no superen cierto límite, pero esto es un beneficio específico y no una regla general para todos los impuestos.

En resumen, no existe una «edad de oro» para dejar de pagar impuestos en Perú. La obligación tributaria no desaparece con los años, sino con la ausencia de ingresos gravables. La razón por la que muchos adultos mayores no pagan impuestos radica en que su principal o único sustento, la pensión de jubilación, está exonerada por ley del Impuesto a la Renta, o porque sus ingresos adicionales no superan los montos mínimos establecidos. La clave, por tanto, no es cuántos años tienes, sino cuánto y cómo lo ganas.